Estatutos de la Organización
con Fines Políticos
Electores Libres (EL)
CAPÍTULO III : DE LA ORGANIZACIÓN NACIONAL.
Artículo 12°.- Electores Libres (EL), es una organización con fines políticos de carácter
federal que se estructura en federaciones organizadas en base a la plataforma del
número de afiliados en todos los estados del país y el Distrito Capital, con la instalación
de los Comités Directivos Federales (CDF).
Artículo 13°.- La suprema autoridad de la organización es:
La Asamblea Federal Nacional (AFN).
Artículo 14°.- Los organismos de dirección nacional son:
a) La Asamblea Federal Nacional (AFN)
b) El Comité de Coordinación Nacional (CCN)
Artículo 15°.- La máxima autoridad permanente de electores libres es:
El Comité de Coordinación Nacional (CFN)
Artículo 16°.- La máxima autoridad de la organización en cada estado es:
La Asamblea Federal Estadal (AFE)
Artículo 17°.- Los organismos de dirección estadal son:
a) La Asamblea Federal Estadal (AFE)
b) El Comité Directivo Federal (CDF)
Artículo 18°.- La máxima autoridad permanente de electores libres en cada estado es:
El Comité Directivo Federal (CDF)
Artículo 19°.- Los organismos de dirección municipal son:
La Asamblea Federal Municipal (AFM)
El Comité Federal Municipal (CFM)
Artículo 20°.- La máxima autoridad permanente de la organización en cada Municipio
es:
El Comité Federal Municipal (CFM)
Artículo 21°.- Los organismos de dirección parroquial son:
La Asamblea Federal Parroquial (AFP)
El Comité Federal Parroquial (CFP)
Artículo 22°.- La máxima autoridad permanente en cada parroquia es:
El Comité Federal Parroquial (CFP)
Artículo 23°.- Los organismos de dirección en cada zona o sector son:
La Asamblea Federal de Afiliados (AFA)
El Comité Federal de Zona (CFZ)
Artículo 24°.-La máxima autoridad permanente en cada sector o zona es:
El Comité Federal de Zona (CFZ)
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